Tax Residency Rules in Ecuador: Comprehensive Overview 2025

Los datos de este artículo fueron verificados el 13 de noviembre de 2025

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En esta publicación se analizan de manera concreta y precisa las reglas vigentes de residencia fiscal para personas naturales en Ecuador en 2025. Se describe el marco regulatorio actual, destacando los criterios y umbrales principales que determinan la condición de residente a efectos tributarios en el país.

Reglas principales de residencia fiscal en Ecuador

La determinación de la residencia fiscal en Ecuador se basa en varios criterios específicos establecidos por la normativa vigente. El elemento central es el tiempo de permanencia en el territorio nacional, acompañado por disposiciones sobre el centro de interés económico, y complementado desde 2024 por un nuevo régimen de residencia temporal.

Criterios de residencia fiscal: resumen en tabla

Criterio ¿Aplica en 2025? Detalles
Estancia mínima de 183 días en Ecuador Se considera residente fiscal a quien permanezca 183 días o más, continuos o discontinuos, durante un período de 12 meses
Centro de interés económico Las personas que tienen en Ecuador el centro de sus actividades económicas también califican como residentes fiscales
Residencia habitual No No se utiliza explícitamente en la ley ecuatoriana
Centro de intereses familiares No No se contempla como criterio individual
Ciudadanía No La ciudadanía ecuatoriana por sí sola no determina la residencia fiscal
Estancia temporal extendida No No existe como condición especial más allá de las reglas antes mencionadas

Detalle de los criterios clave

  • Estancia mínima (183 días): El requisito más directo es la permanencia física en el país por al menos 183 días, sean consecutivos o no, dentro de cualquier período de 12 meses. Superado este umbral, la persona es considerada residente fiscal.
  • Centro de interés económico: Incluso sin cumplir el requisito de días, quien manifieste en Ecuador el lugar principal de sus relaciones o actividades económicas (ejercicio profesional, inversión, dirección de negocios, etc.) también puede ser calificado como residente a efectos tributarios.

Régimen especial de residencia temporal (desde enero 2024)

Desde enero de 2024, se ha incorporado una novedad relevante para quienes no poseían previamente la condición de residente fiscal en Ecuador: el régimen de «residencia temporal». Bajo esta modalidad, solo estarán sujetos al impuesto sobre la renta los ingresos de fuente ecuatoriana, durante cinco años, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales. Este régimen busca facilitar el establecimiento de nuevos residentes, limitando la sujeción tributaria al ámbito nacional en ese período inicial.

Implicaciones prácticas de la residencia fiscal en Ecuador

Ser considerado residente fiscal en Ecuador tiene consecuencias directas en el alcance de la obligación tributaria personal. Los residentes están, en términos generales, sujetos al impuesto sobre la renta respecto a sus ingresos mundiales, salvo que estén amparados por el régimen temporal anteriormente descrito, limitado a rentas de fuente ecuatoriana.

Preguntas frecuentes y consideraciones prácticas

  • ¿Qué ocurre si cumplo solo el requisito de días y no el de interés económico? Basta con cumplir uno de los criterios principales para ser considerado residente, sin que sea obligatorio cumplir todos a la vez.
  • ¿Puedo cambiar mi estatus fiscal año a año? El análisis de residencia fiscal puede variar de un año a otro dependiendo de los hechos relevantes (días de presencia, centro de interés económico, etc.).
  • ¿Existe automatismo con base en la nacionalidad? La nacionalidad ecuatoriana no implica por sí sola la residencia fiscal.

Cuadro Resumen: Marco de residencia fiscal en Ecuador (2025)

Elemento clave Condición Detalle
Días mínimos de estadía 183 días en 12 meses Continuos o fraccionados; basta superar el umbral
Centro de interés económico Presente Participación principal en economía ecuatoriana
Régimen residencia temporal (desde 2024) Ingresos sólo fuente ecuatoriana gravados Hasta cinco años para nuevos residentes

Pro tips para manejar tu residencia fiscal en Ecuador

  • Documenta cuidadosamente tus entradas y salidas del país para determinar con precisión si superas el umbral de 183 días.
  • Si tus actividades económicas más relevantes están en Ecuador, infórmate sobre la determinación de «centro de interés económico» para evitar interpretaciones divergentes.
  • Aprovecha el régimen de residencia temporal si eres nuevo residente y tu principal fuente de ingresos está fuera de Ecuador.
  • Revisa anualmente tu estatus fiscal, ya que movimientos y actividades pueden modificar tu condición de residencia de un año al siguiente.
  • Consulta siempre la última normativa publicada en el sitio oficial del Servicio de Rentas Internas (https://www.sri.gob.ec/).

En síntesis, el marco de residencia fiscal en Ecuador se centra en el criterio objetivo de permanencia de 183 días, combinado con la opción de criterio económico y, desde 2024, un régimen especial para nuevos residentes. Comprender estos umbrales y condiciones es clave para una planificación fiscal adecuada, y para evitar contingencias o dobles interpretaciones frente a la autoridad tributaria local. Recordar estos elementos facilitará la toma de decisiones y minimizará riesgos fiscales ante cambios de residencia.

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